18 junio, 2026
image (33)

El organismo fiscal extendió el plazo para la presentación y el pago de las declaraciones juradas del período fiscal 2025. La nueva fecha límite unificada será el 27 de julio, según lo dispuesto en el Boletín Oficial.

En una medida de fuerte impacto para el calendario fiscal de empresas y particulares, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una postergación en los plazos de vencimiento para cumplir con las obligaciones anuales más importantes del cronograma impositivo. La decisión otorga un margen de tiempo considerable respecto al esquema original que presionaba sobre la liquidez del mercado a mediados del próximo mes.

La flexibilización del calendario quedó plasmada a través de la resolución 5851, publicada de forma oficial este viernes. A partir de esta normativa, el plazo adicional corre tanto para la presentación como para el posterior desembolso del Impuesto a las Ganancias —contemplando el régimen general y el Régimen Simplificado de Ganancias— como así también para el Impuesto a los Bienes Personales. El nuevo límite temporal quedó fijado para el 27 de julio, desplazando el esquema de vencimientos que tradicionalmente operaba a mediados de junio según la terminación del CUIT de cada responsable.

Los contadores y asesores financieros celebraron la medida, advirtiendo que los aplicativos web del organismo precisaban estas semanas de adecuación.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *