18 junio, 2026
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La medida alcanza a la firma Maxus e incluye desinfectantes, lavandinas, detergentes y artículos para piletas. El organismo detectó que se comercializaban sin el registro correspondiente.

Un fuerte llamado de atención para los consumidores que adquieren insumos para el hogar a través de plataformas digitales. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió de forma total la comercialización, distribución y publicidad en todo el territorio nacional de todos los artículos domisanitarios de la marca Maxus, tras constatar graves infracciones a las normativas de control sanitario.

La disposición oficial, publicada en el Boletín Oficial con fecha del 22 de mayo de 2026, restringe la presencia de estos limpiadores tanto en góndolas físicas como en tiendas de venta electrónica. La medida preventiva abarca un extenso listado que incluye desinfectantes, limpia pisos, lavandina en polvo, cloro granulado y pastillas para piletas, desengrasantes, jabón líquido y suavizantes para la ropa. Según justificó el ente regulador, el bloqueo se fundamenta en que los artículos se ofrecían al público sin poseer el registro sanitario obligatorio, lo que vuelve totalmente desconocido el proceso de manufactura y la seguridad de sus componentes químicos.

Debido a estas irregularidades, el organismo dispuso el inicio de un sumario sanitario contra la firma y la responsable legal registrada en las actuaciones del expediente.

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