El organismo fiscal aplicará el segundo ajuste semestral del año basado en la inflación del primer semestre. Los nuevos valores comenzarán a regir en julio, pero el porcentaje final se conocerá a mediados de mes.
La indexación de los parámetros impositivos constituye un mecanismo técnico esencial para mitigar el efecto de la inflación sobre la progresividad tributaria y evitar la distorsión de la carga fiscal real. En el marco del esquema de movilidad semestral vigente, la recaudación impositiva y los umbrales de exención deben recalibrarse periódicamente para asegurar que el incremento nominal de los salarios y la facturación no empuje de manera artificial a los contribuyentes hacia alícuotas más elevadas sin un aumento real de su capacidad contributiva.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ultima los detalles para poner en marcha la segunda revisión semestral de 2026, la cual modificará de forma integral las escalas, topes y cuotas de los principales regímenes nacionales. Aunque la entrada en vigencia formal está fijada para el 1° de julio, la resolución definitiva con los cuadros técnicos se publicará luego del 14 de julio, fecha en que el INDEC difundirá el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio. Según las estimaciones del sector privado, la inflación acumulada del semestre se ubicará en torno al 17%, lo que elevaría el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a un piso aproximado de $3.507.909 brutos mensuales para trabajadores solteros y sin hijos.
El ajuste busca preservar el poder adquisitivo de los asalariados mediante una adecuada actualización por IPC de las deducciones permitidas por ley.
